Santo Domingo.- La
Fundación Justicia y Transparencia (FJT), celebró este miércoles la decisión
del Tribunal Constitucional de la República Dominicana, al disponer mediante
sentencia con carácter vinculante para todos los poderes del estado, la
prohibición de la práctica abusiva,
ilegal, inconstitucional y violatoria a los
derechos fundamentales de los dominicanos y dominicanas perpetrada por la
autoridad metropolitana del transporte, (AMET), al apresar y retener a los
choferes y vehículos arbitrariamente, además del cobro compulsivo de multas por presuntas violaciones a la ley
de tránsito 241.
EL
presidente de la FJT, Trajano Potentini, advirtió a las autoridades de la AMET,
que deben descontinuar esa práctica y cumplir en lo inmediato con la sentencia
del TC, incluso extensiva a los vehículos que tengan retenidos al día de hoy,
puesto que de lo contrario se estarían arriesgando a ser demandados no solo
como institución, sino también en la persona de su director por responsabilidad
patrimonial.
Potentini
afirmó que el Tribunal Constitucional con esta sentencia le da sentido al
denominado Estado Social y Democrático de Derecho, previsto en el artículo 7 de
la constitución, convirtiéndose esta jurisdicción en un verdadero guardián de
la tutela y protección de los derechos fundamentales de los dominicanos.
La
entidad de sociedad civil llamó también la atención del Procurador General de
la República, a los fines de que tome conocimiento y observe rigurosamente la
sentencia del TC, en razón de que ellos venían apoyando y participando del
accionar de la AMET, con la negación de una serie de servicios vitales para los
dominicanos, tales como ponerles trabas a la realización de ciertas diligencias
personales, imponiéndole además a las personas medidas de coerción, cuyo
ejercicio es propio de los tribunales, tales como impedimento de salida,
imposibilitándoles a los ciudadanos ejercer su derecho al libre tránsito, como
se ha dado en la práctica, al negarle a los ciudadanos por multas pendientes
los derechos y servicios de obtener un pasaporte o un certificado de buena
conducta.
Finalmente la FJT destaca
que la sentencia del TC, más bien lo que viene es a ratificar que la multa es
una pena y que solo los jueces del sistema judicial son los únicos que están
facultados para imponer multas, esto así previo a un juicio, con todas las
garantías legales y por sentencia. De ahí que la AMET no tiene ni ha poseído facultad
legal, salvo algunas y contadas excepciones tasadas específicamente por la ley,
para apresar y retener vehículos, los cuales solo devuelven cuando se ha pagado
lo que ellos establecen sin mediar autoridad o proceso alguno, convirtiéndose
en una maquinaria salvaje y despiadada de recaudación de fondos, ajena a sus
propósitos y funciones.

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